TITULO I

Estatutos, Denominación, Domicilio y Objeto Social

ARTICULO PRIMERO: Con la denominación de ASOCIACION TOXICOLOGICA ARGENTINA ASOCIACION CIVIL, se constituye el día 20 de Agosto de 1987 una entidad multidisciplinaria sin fines de lucro, con domicilio en la ciudad de Buenos Aires. Se regirá por los presentes Estatutos y por las disposiciones legales que le sean aplicables. Su actuación se desarrollará en todo el ámbito de la República Argentina. arriba

ARTICULO SEGUNDO:
Son sus propósitos:

  • Nuclear a todos los profesionales o no, vinculados directa o indirectamente al estudio, desarrollo, investigación, aplicación y divulgación de la toxicología, continuando con la tarea de aquellos, que se agrupaban desde mil novecientos setenta y nueve, y sin personería jurídica, bajo la denominación de Sociedad Argentina de Toxicología.
  • Difundir la adquisición, utilización y progreso del conocimiento toxicológico.
  • Propender al perfeccionamiento de la enseñanza de la Toxicología, posibilitando el acceso a una capacitación acorde con las necesidades y el progreso de la ciencia actual; fomentando la creación y formación de recursos humanos, físicos y técnicos.
  • Peticionar a las autoridades en el orden Nacional, Provincial y/o Municipal, la creación de un marco jurídico que posibilite la adecuada normativa de todos los aspectos relacionados con la salud humana y el medio ambiente.
  • Mantener vinculaciones con asociaciones, entidades, y organismos públicos y/o privados del país y del extranjero.

A tales fines, la Asociación podrá:

  • Celebrar reuniones científicas, organizar cursos, conferencias, jornadas, simposios y congresos.
  • Participar activamente en la elaboración de toda legislación relativa a la problemática toxicológica.
  • Promover programas de prevención primaria en todos los niveles de la Comunidad.
  • Contribuir a generar campos laborales en la especialidad en las diferentes áreas.
  • Estimular la creación de Centros de Toxicología en regiones carentes de ellos.
  • Favorecer en todo el país el desarrollo del conocimiento toxicológico promoviendo la creación de filiales.
  • Editar un boletín como órgano oficial de la Asociación, y todo material de divulgación afín a la Toxicología.
  • Crear una biblioteca especializada y un banco de datos.
  • Adherir a entidades nacionales y/o extranjeras, de igual objeto, federándose o no.
  • Realizar todo acto y desarrollar toda actividad que se relacione directa o indirectamente con los propósitos enunciados.

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