Las empresas deben aplicar las clasificaciones revisadas para el uso seguro de estos productos químicos a más tardar el 1 de diciembre de 2018.
La Comisión Europea ha modificado recientemente el Reglamento sobre clasificación, etiquetado y envasado (CLP), actualizando la lista de sustancias con una clasificación armonizada. Las empresas deben aplicar las clasificaciones revisadas para el uso seguro de estos productos químicos a más tardar el 1 de diciembre de 2018.
La enmienda (10ª adaptación al progreso técnico) introduce o actualiza las clasificaciones armonizadas de 37 sustancias de la lista de clasificación armonizada (anexo VI del Reglamento CLP).
Se han revisado las clasificaciones existentes para 13 sustancias y se han introducido 24 sustancias o grupos de sustancias que no han sido previamente clasificadas. Entre ellos, se han actualizado o introducido 14 sustancias activas utilizadas en productos fitosanitarios.
La décima adaptación hace referencia al Cuadro 3 en lugar del Cuadro 3.1 como el Cuadro 3.2 del Anexo VI, que contenía la clasificación y el etiquetado armonizados de acuerdo con la Directiva de Sustancias Peligrosas (DSD) derogada.
Desde el 1 de junio de 2017, ya no son necesarios para la clasificación ni para el etiquetado de los productos, ni para figurar en las fichas de datos de seguridad de las mezclas. La nota E también se relaciona con la tabla 3.2 y, por consiguiente, DSD también se ha eliminado del CLP.
La décima adaptación también introduce las estimaciones de toxicidad aguda (ATE) en la penúltima columna del Cuadro 3 de la Parte 3 del Anexo VI. ATE son importantes para determinar la clasificación para la toxicidad aguda de la salud humana de mezclas que contienen sustancias clasificadas para la toxicidad aguda. La inclusión de valores ATE armonizados en las entradas facilitaría la armonización de la clasificación de las mezclas y proporcionaría apoyo a las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley.
Las empresas deben cumplir los nuevos requisitos a partir del 1 de diciembre de 2018. Esto también significa que las clasificaciones existentes y los registros REACH deben actualizarse con la nueva información para esta fecha.
Adjuntamos el texto del reglamento, que no requiere transposición y por tanto es directamente aplicable en todos los Estados miembros a partir de su entrada en vigor.
Artículo completo: reglamentos etiquetado actualizado